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Asociación de vecinos del Barrio de Peñagrande

ZBE. Zona de Bajas Emisiones en el barrio. Un laberinto sin respuesta clara (por el momento)

Poravpenagrande

Ago 30, 2022

Tod@s hemos podido observar las nuevas señales de restricción de circulación a vehículos sin distintivo medioambiental que han sido instaladas en muchas calles y bocacalles de nuestro barrio.

Ya se han producido varios percances sobre esto desde que se colocaron, ya que algunos vecinos y vecinas del barrio han sido apercibidos por agentes municipales del Ayuntamiento, obligándoles a no circular por algunas zonas del distrito, llegando a ser alguno sancionado.

Desde la Asociación hemos consultado a todos los actores implicados en este laberinto municipal y estas son las respuestas obtenidas:

Consulta al 010: la circulación por nuestras calles de vehículos de tipo A y sin etiqueta medioambiental que estén empadronados en cualquier distrito de la capital está permitida hasta el 31 de diciembre de 2024.

Consulta a la Junta de Distrito: Nos remiten al 010 o a la ordenanza municipal sobre la implantación de la ZBE en Madrid.

1ª Consulta a la Policía Municipal: la circulación de estos vehículos esta restringida y delimitada por las señales instaladas. Por lo que todos los coches de tipo A o sin distintivo medioambiental que circulen por estas zonas podrán ser sancionados, bien por los agentes de turno o por las cámaras OCR que se están instalando por diferentes puntos del Distrito.

2ª Consulta a la Policía Municipal: Todavía no existe una ordenanza municipal clara sobre esto, por lo que a los vehículos sancionados por este motivo no está siendo aplicada dicha sanción hasta que no se determine de manera concisa la forma de actuar.

3ª Consulta a la Policía Municipal: Cualquier coche inscrito en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, podrá circular libremente por Madrid Capital hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir de entonces, sólo los vehículos con distintivo medioambiental cero, eco, C o B podrán hacerlo sin restricciones.

La claridad de aplicación de esta nueva norma es demoledora…. Je je….

Nosotros, como asociación vecinal, os remitimos la información oficial del Ayuntamiento de Madrid. Esta información dice lo siguiente:

Regímenes transitorios de las restricciones y prohibiciones de acceso y circulación de ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’:  

La Ordenanza de Movilidad Sostenible establece varios regímenes transitorios, racionales y proporcionales a las razones de interés general que motivan la creación de dicha Zona de Bajas Emisiones, para facilitar la adaptación de los ciudadanos al cumplimiento de la norma:

Primero: los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior (desde la fecha en que dejen de cumplirlos), podrán acceder y circular por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’ conforme a las siguientes fases:

  • Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y por la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.

Segundo: hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder y circular por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ los siguientes vehículos con clasificación ambiental A según su potencial contaminante:

  • Los vehículos que a fecha el 1 de enero de 2022 cumplan los siguientes requisitos, mientras mantengan el cumplimiento continuado y simultáneo de los mismos en todo momento hasta el 31 de diciembre de 2024:
  1. Se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
  2. Figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.

La solicitud permite obtener, en un mismo trámite, el alta en el Sistema de gestión de accesos de todas las Zonas de Bajas Emisiones: Madrid ZBE y las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica. 

  • Los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores).
  • Los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).

A partir del 1 de enero de 2025 estos vehículos tendrán prohibido el acceso y circulación a Madrid ZBE, salvo que se encuentren entre los vehículos descritos en el apartado Tercero.

Tercero: A partir del 1 de enero de 2025 solo podrán circular los siguientes vehículos con clasificación ambiental A:

  • Los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
  • Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.

Prórroga del período de aviso del sistema automatizado de control de accesos al interior de M-30:

La primera prohibición de ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ es efectiva a partir del 1 de enero de 2022.

El control de accesos de los vehículos con clasificación ambiental A, según su potencial contaminante, a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ se realiza, sin perjuicio de los controles por agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, mediante medios técnicos automatizados de control con capacidad para el reconocimiento de matrículas y la detección de las infracciones, entre los que destacan:

  • Los dispositivos foto-rojos existente situados en el interior de M-30, que funcionan en periodo de aviso desde las 0 horas del 1 de enero de 2022 hasta las 0 horas del 1 de mayo de 2022 debido a la prórroga del periodo de aviso inicial establecido mediante resolución de 17 de diciembre de 2021. Una vez finalizada la prórroga del periodo de aviso comenzarán a denunciar las infracciones a la regulación de ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’.
  • Las cámaras dotadas de lector OCR del sistema automatizado de control de ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ que se implantará en los próximos meses, que se someterán al correspondiente periodo de aviso antes de su implantación efectiva.

En aplicación del artículo 242 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, el sábado, 1 de enero de 2022 a las 0 horas comenzó un periodo de aviso, durante el cual se están enviando cartas informativas a los titulares de aquellos vehículos turismo con clasificación ambiental A de categorías sin especificar (00), familiar (02) y todoterreno (03),  que sean detectados por los dispositivos foto-rojos situados en el interior de M-30 infringiendo la regulación de accesos y circulación por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ por incumplir a fecha 1 de enero de 2022, o en fecha posterior, los siguientes dos requisitos:

  1. Encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
  2. Figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.

Finalizada la prórroga del periodo de aviso los accesos no autorizados al interior de la M30 detectados por los dispositivos foto-rojos del interior de M-30 serán denunciados y sancionados con multa grave por importe de 200 euros de acuerdo con la modificación de Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

 

Esperamos que os sea de utilidad.

 

Fuente: ALMAVPGrande2022

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